Abstract:
Con el desarrollo del presente, me propongo al menos poner en crisis, desde un
derecho penal constitucional, la negativa a aplicar el instituto de la suspensión del
proceso penal a prueba en los delitos de género.
Es sabido que, debido a la gravedad de ciertos hechos valorados como tales en
nuestra cultura, la única salida es el enjuiciamiento y, en tal caso, la condena. Sin
embargo, no todos los casos deben tener la misma respuesta.
Sobre esa base es que considero que la negativa a aplicar la suspensión del
proceso penal a prueba en los delitos de género ataca al principio de ultima ratio.
El tratamiento de este principio constitucional no obsta a mi especial postura,
según la cual aplicar sin discriminación aquella regla atenta contra el derecho de la
víctima y estandariza sin dar respuestas.
Surge este trabajo desde la perspectiva de entender las garantías del imputado y
los derechos de la víctima desde una tensión e introducir, en el análisis del presente
trabajo, un paradigma del orden y de gestión de la conflictividad como una herramienta
de análisis.
Al mismo tiempo, me propongo pensar ello desde una óptica de género que,
según entiendo, es plenamente compatible con las garantías del imputado.