Abstract:
La mayoría de las personas que quieren iniciar un emprendimiento deben tener en claro cuáles serán sus obligaciones tributarias y de seguridad social. En Argentina tenemos dos tipos de regímenes: uno simplificado para pequeños contribuyentes (mejor conocido como Monotributo) y otro general. Las características del negocio van a determinar en cuál de estos dos regímenes encuadrarse, pero por lo general cuando es un negocio pequeño siempre se inicia como monotributista. La diferencia entre ambos regímenes es amplia, por esto los pequeños contribuyentes intentan mantenerse en el régimen simplificado ya que la presión tributaria es significativamente menor. Luego, el Fisco en cumplimiento de sus funciones, excluye del Monotributo a los que ya no cumplen con las características para encuadrarse en el mismo.
Este trabajo se centra principalmente en la exclusión del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, sobre todo cuando ésta se hace de modo "retroactiva". También se va a intentar justificar por qué se pueden refacturar las operaciones y por qué se debería computar el crédito fiscal que tienen. Además de tratar su impacto y tratamiento en el Impuesto a las Ganancias.